Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, formulado por la ciudadana: Anabella Molina Morales, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.995.194, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Andrés Albarrán Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 88.542, en el presente juicio de cobro de bolívares por intimación, que incoare en contra de la sociedad mercantil "VENECON, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha 2.006, bajo el Nº 46, Tomo 10-A, con el número de RIF J-31646054-1, representada por su director gerente, ciudadano: Uwaldino Morales Frías, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.040.752.....