Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana Olga Delgado Gonzalo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-899.054.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se designa como TUTOR INTERINO al ciudadano Humberto José Traspuesto Delgado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.606.458, en su condición de hijo.
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 414 del Código Civil, se ordena el registro del presente decreto por ante el Registro Principal del Estado Barinas, y una vez cumplida dicha formalidad deberá ser publicado en un periódico local, como lo establece el artículo 415 ejusdem, debiendo traers.....