En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la rectificación de partida de nacimiento de la ciudadana Marbella Coromoto Méndez Arias, asentada bajo el N° 391, de fecha 29 de agosto de 1950, en el libro duplicado archivado por ante el Registro Principal del estado Barinas, llevado por la Prefectura del Municipio Autónomo Barinas del estado Barinas.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la rectificación de la partida de nacimiento en cuestión, sólo en lo que respecta al primer nombre de la solicitante como ¿MARBELLA¿.