En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la rectificación de partida de nacimiento del ciudadano Angeimiro Martínez Jaimes, asentada por ante la Prefectura de la Parroquia El Cantón, Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Barinas, bajo el N° 213, de fecha 17 de mayo de 1977.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la rectificación de la partida de nacimiento en cuestión, sólo en lo que respecta al segundo nombre de la madre del solicitante como ALVINA.