DISPOSITIVA
En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación presentada por la representación fiscal, y los medios de pruebas se admiten totalmente, en contra del acusado CARLOS ZENON CORDERO URQUIOLA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-9.403.311, de 50 años de edad, nacido el 23-07-1961, profesión u oficio trabaja de campo, hijo de María Urquiola (v) y de Luis Cordero (f), natural de Santa Rosa del Estado Barinas, residenciado en La Finca El Samán, sector berraquito, parroquia santa rosa, del Estado Barinas; por la comisión del delito de Aprovechamiento de Especies Forestales en Veda, previsto y sancionado en el artícu.....