Primero: Como flagrante la aprehensión del ciudadano WILLIAM VILLAFAÑE MÉNDEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N°. V-9.361.679, de 39 años de edad, grado de instrucción: Tercer año de bachillerato, natural de Barinas, con fecha de nacimiento 13/04/1966, hijo de Orlando Enrique Villafañe (F) y María Alejandra Méndez (V), residenciado en la Urb. Juan Pablo II, manzana O, Casa N°. 1, Barinas Estado Barinas., en la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO previsto y sancionado en el Artículo 452 Ordinales 8° del Código Penal vigente, en perjuicio de NELSON EDUARDO GONZÁLEZ CHACÓN. Segundo: Acuerda la MEDIDA DE PRIVACION PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado WILLIAM VILLAFAÑE MÉNDEZ, ya identificado, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO previsto y sancionado en el Artículo 452 Ordinales 8° del Código Penal vigente, en perjuicio de NELSON EDUARDO GONZÁLEZ CHACÓN, por considerar que están llenos los extremos exigidos en los artículos 250 y 251 del Código Or.....