Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud interpuesta, La Extinción de la acción penal y en consecuencia decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los ciudadanos: USLAR ENRIQUE PRIETO DAVILA y ALEXIS MORA PINTO Venezolanos, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 9.361.011, y N° V- 9.349.944, respectivamente, Domiciliados el primero en el Barrio los mangos, carrera 11, con calles 22 y 23, Santa Barbara y el segundo en Borota calle principal , via Michelena, Estado Tachira, por la comisión del delito de Homicidio Culposo por Accidente de Transito, y Lesiones Leves de conformidad con lo establecido en el Artículo 318, ordinal 3°, en concordancia con el Artículo 48, ordinal 8°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese, pu.....