PRIMERO: Con lugar la admisión Total de la acusación interpuesta por el Ministerio Público en este acto, de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del hoy acusado JOSE DANIEL VARGAS SUAREZ, venezolano, soltero, nacido en fecha 08/05/1963, en Barinas Estado Barinas, de 43 años de edad, titular de la Cédula de Identidad número N° 9.384.617, grado de instrucción: 4° grado de primaria, de profesión u oficio comerciante, hijo de Flor Suárez (F) y Juan Bautista Vargas (F), residenciado en el Barrio Guanaca II, calle 2, poste 39, casa S/N Barinas Estado Barinas, por encontrarse llenos los extremos legales de dichas normas sustantivas. Declara con lugar el ofrecimiento de todas las pruebas promovidas por el Ministerio Público por cumplir con todos los requisitos exigidos en artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Declara con lugar la solicitud del imputado, quien libre de todo apremio, coacción, e imposición de conductas obligadas, adm.....