CONDENA, al acusado, HERNAN VIVAS, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 4.953.968, natural de Estado Táchira, nacido en fecha 27-08-1957, de 50 años de edad, hijo de Jesús León Guerrero y Maria Vivas, de Profesión u Oficio Fiscal de Llano, domiciliado en el Barrio El Liceo, Av. 10, Casa N° 21-28, Ciudad Bolivia Municipio Pedraza, Estado Barinas, por la comisión del delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 281 en concordancia con el Artículo 277 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio del orden publico, a cumplir la pena de UN (01) AÑOS Y SEIS (06) MESES.