El Penado JUAN MANUEL ARRIECHI MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.632.679, detenido preventivamente el día: 10/08/2005, hasta la presente fecha 11/11/2005, ha cumplido TRES MESES (03) MESES Y UN (01) DIA de la pena impuesta, faltándole por cumplir OCHO (08) AÑOS, OCHO (08) MESES Y VENTINUEVE (29) DIAS, y la pena quedará totalmente cumplida el día 10/08/2014. El penado:
o Podrá solicitar el Beneficio de Destacamento de Trabajo cumplido (1/4) de la Pena, en fecha: 10/10/2007.
o Podrán solicitar el Beneficio de Establecimiento Abierto cumplido (1/3) de la Pena, en fecha: 10/08/2008
o Podrá solicitar la Libertad condicional cumplido (2/3) de la Pena, en fecha: 10/08/2011.
o Podrá solicitar el Confinamiento cumplido (3/4) de la Pena, en fecha: 10/05/2012.
o Podrá optar a Indulto cumplido (1/2), en fecha: 10/02/2010
o Todas estas fechas pueden variar a favor del penado en caso de efectuársele redención de pena por el trabajo .....