Este Tribunal de Ejecución N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA SOLICITD DE PRESCRIPCIÓN DE LA PENA EN LA CAUSA SEGUIDA AL PENADO JACSON YOE REQUENA BARROETA; todo de conformidad y con fundamento de las previsiones del Artículo 112 Numeral 1° del Vigente Código Penal.