En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: YAJAIRA COROMOTO MONSALVE MUCHACHO y ALOYS ANGARITA MUCHACHO, venezolanos, mayores de edad, casados, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.662.147 y V- 11.716.121 en su orden, domiciliados, en Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, por ante la Prefectura de la Parroquia Barinitas Municipio Bolívar, estado Barinas, en fecha 20 de noviembre de 1.998, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 61.