En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos JOSE DEL CARMEN CUELLAR POLENTINO y MARTHA RAMONA PARADA TORO, venezolanos por naturalización, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 23.154.090 y V- 23.162.116, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído ante el Mons. Estanislao Salazar, Párroco de la Parroquia San Agustín-Ocaña, Municipio Ocaña, Departamento Norte de Santander Republica de Colombia, en fecha 26 de Marzo del año 1.988, según se evidencia en el documento Original, Apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica de Colombia - conforme a la Convención de la.....