Se Declara: CON LUGAR la apelación interpuesta y se ANULA la decisión proferida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 02 de diciembre de 2016, en la cual ADMITE LA ACUSACION, presentada por la representación Fiscal, por la presunta comisión de los delitos de USO DE DOCUMENTO FALSO O ALTERADO, previsto y sancionado en el artículo 322 concatenado con el artículo 321 del Código Penal Venezolano, ALTERACIÓN DE DOCUMENTO PRIVADO, y FALSA ATESTACION ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el articulo 320 ejusdem, en perjuicio del Estado Venezolano, se ordena la remisión del presente expediente a otro Juez de Control distinto al que emitió el presente fallo, a fin de que se celebre nueva Audiencia Preliminar, corrigiéndose los vicios que dieron lugar a la nulidad de dicho acto que aquí se declara, garantizándose a todas las partes intervinientes en el proceso, el derecho a la defensa y a la justicia, de confor.....