En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana LUZ MARINA ZAMBRANO MORENO, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: Estudiante, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.866.806, domiciliada en el Barrio El Márquez, calle 13, entre carreras 11 y 12, casa Nº 11-55, de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano JOSE GREGORIO HERNANDEZ ROBLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.489.026, de profesión u oficio: Auxiliar Administrativo II; en beneficio del niño XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, nacido en la XXXXXX XX XXXX,.....