En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana MAGLE BIRLUT AROCENA ROA, venezolana, mayor de edad, profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad No. V-12.464.596, domiciliada en el Barrio Esmilta Camejo, calle 7 con avenida 8 y 9, frente al Distrito Zona Educativa de la población de Socopó del Estado Barinas, en contra del ciudadano NEY SONDER GIL ARIAS, venezolano, mayor de edad, profesión u oficio comerciante, titular de la Cédula de Identidad No. V-14.264.545, domiciliado en la población de Bum Bum carretera nacional cerca del cementerio del Estado Barinas, a favor del niño GABRIEL JOSE GIL ARO.....