Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas DECRETA: CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, conforme al articulo 561 literal “d” y Artículo 568 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, en la presente causa 1C-1245/06 a favor de la Adolescente IDENTIDAD OMITADA DE ACUERDO A LA LEY , por la presunta comisión de uno del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en el Artículo 418 del Código Penal venezolano antes de la reforma, en perjuicio del ciudadano REINALDO ALEJ0 RODRIGUEZ, Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las partes del sobreseimiento definitivo, el cese de la causa, y una vez recibida las notificaciones suscrita por las partes se ordena el archivo y el cese de la causa, debiendo remitirse oficio al Archivo de esta secci.....