DISPOSITIVA.
Este Tribunal Segundo de Control del Sistema de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA: SE CALIFICA LA APREHENSIÓN del adolescente imputado JOSE GREGORIO GRATEROL PEREZ, venezolano, 15 años de edad, nacido el 06.07-1989, titular de la cédula de identidad Nº 21.160.576, residenciado en el Barrio El Cambio, frente a la Urbanización el Placer, calle 2, Guanare, Estado Portuguesa, estudiante, por cuanto la misma (aprehensión) fue practicada por funcionarios policiales mientras los sospechosos fueron sorprendidos con instrumentos y objetos provenientes del delito cometido, durante la ejecución del delito, hechos estos que hacen presumir fundadamente que es el autor o participe del tipo penal que en este acto le imputa el Ministerio Público, lo que hace presumir con fundamento su participación en la comisió.....