Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal del acusado MIGUEL ANGEL MOYETONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.400.289, fecha de nacimiento 02-12-1980, ocupación taxista, de 28 años de edad, soltero, residenciado en el Barrio El Progreso, sector 02, calle 18 al final, casa s/n Guanare estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 458 y 277 del Código Penal; y CALID JOSE RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.039.585, fecha de nacimiento 10-06-1974, ocupación obrero, de 34 años de edad, soltero, residenciado en el Parcelamiento Libertad en la autopista Guanare estado Portuguesa por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Mariela del Carmen Bulmes Briceño,.....