AUTO DE APERTURA A JUICIO.
Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el Artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, contra el acusado: ALEXIS ANTONIO GUEDEZ JIMENEZ, venezolano, 48 años de edad, titular e la Cédula de Identidad N° 4.722.289, de ocupación comerciante, hijo de Ramona Edita Jiménez y Aquilino Antonio Guedez, natural de Barquisimeto, de fecha de nacimiento 01/12/1956, y residenciado en Barrio Las Tinajas , sector 3, casa N° 3-81, soltero, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor, Robo Agravado, Porte Ilícito de Arma de Fuego, Agavillamiento y Resistencia a la Autoridad , previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 ordin.....