Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA el enjuiciamiento del acusado y dicta AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, contra el acusado Jenkis Dionel Rivas Mora, venezolano, soltero, de 22 años de edad, estudiante, titular de la cédula de identidad N°15180483, nacido el 02/10/1982, natural de Maracay, Estado Aragua, hijo de Omaira Mora (v) y Rafael Antonio Rivas (V) residenciado en la Av. Olímpica, callejón Coromoto, N°17-79, Barinas, por la comisión de los delitos de Homicidio Calificado en Grado de Frustración,(cometido con alevosía y en la ejecución de un delito de robo) en perjuicio del ciudadano José Wilfredo previsto y sancionado en el Art. 408 ordinal 1° y 80 del Códig.....