Vista la anterior diligencia suscrita por el Abogado: LUCIO ISAÍAS OQUENDO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.137.660, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.151, con el carácter de autos, se acuerda conforme a lo solicitado; En consecuencia cítese mediante cartel al ciudadano MIGUEL AUGUSTO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.074.286, en su condición de conductor del vehiculo camión chuto remolcador; a la Empresa LOGÍSTICA SIGLO XXI, C.A., en la persona del ciudadano RAFAEL AUGUSTO GUZMÁN VEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-6.810.367, en su condición de Gerente General; a la Empresa SOLUCIONES DE CARGA 3.000 C.A., en la persona del ciudadano RAÚL GONZÁLEZ; venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 5.998.324; el ciudadano PEDRO LUIS VEGAS GUZMÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.338.115, en su c.....