se declara bastante y suficiente las justificaciones evacuadas para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano Adán de Jesús Mejías Mejías, ya identificado, sobre unas mejoras y bienhechurías enclavadas sobre una parcela de terreno municipal de los denominados propios, ubicadas en el sector El Stadium, avenida 4 con calle 4, casa N° 3-73, Parroquia Ciudad Bolivia del Municipio Pedraza del Estado Barinas, con una extensión de trescientos ochenta y cinco metros cuadrados (385 m2) y cuyos linderos son los siguientes: norte: mejoras de Adán de Jesús Mejías Mejías; sur: con mejoras de Juan Fernández; este: con avenida cuarta; y oeste: terrenos municipales, consistentes en una casa de habitación, con techo de acerolit, bloques y piso de cemento, constituida por sala, cocina, comedor, dos (2) baños, tres (3) habitaciones, cercada totalmente con paredes de bloque. Se dejan a salvo los derechos de terceros.