En mérito de las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas, Municipio Barinas, Circuito Judicial Civil del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos JOSE GREGORIO ALTUVE y AMADA SILENE LEON PEREZ, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nº V-9.890.025 y V-12.553.757, respectivamente, en consecuencia declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, por ellos contraído ante la Parroquia Catedral, Municipio Barinas, Estado Barinas, en fecha 05/08/1993, Acta Nº 61, copia certificada, folio 06. ASÍ SE DECIDE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial, Estado Barinas, a los tres (06) días del mes de Abril del Dos Mil Diecisiete (2017). Años.....