Visto el escrito presentado por el abogado Esteban Meneses, Defensor Publico, solicitando Medida Cautelar Sustitutiva a favor del acusado ANTONIO DE JESUS VEQUIZ SILVA, dice ser Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.224.775, nacido en fecha 14/03/1979, de 28 años de edad, natural de Barinas Estado Barinas, de profesión u oficio Chofer, grado de instrucción 4° Año de Bachillerato, dice ser hijo de Daniel Antonio Vequiz (v) y de Gladis Josefina Silva (v), y con residencia en el Barrio Primero de Diciembre, calle principal, callejón 13, casa N° 22 Barinas Estado Barinas; este Tribunal observa; que el profesional del derecho solicitante, no es defensor en el presente proceso, por tal motivo no siendo parte y constatándose que no existe revocatoria, ni renuncia de la Defensa Privada, quien asiste al acusado desde fecha 26-12-07; es por lo que se hace improcedente su actuación; así mismo tiene entendido este Tribunal por información de la Coordinación de la Defe.....