DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA, y se le otorga el carácter de cosa juzgada, al desistimiento manifestado por la representación judicial de la parte recurrente del Recurso de Nulidad ejercido contra la Providencia Administrativa Nº 357-2011, de fecha 30 de mayo de 2011, dictada por el Inspector del Trabajo del Estado Barinas mediante la cual se declaró Con Lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoado por el ciudadano Moisés Nava Dávila contra la empresa PETREX, S.A.
No hay condenatoria en costas procesales por la naturaleza del fallo aquí dictado.
Dada, firmada y sellada en la sala de Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado .....