PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en la interpretación Constitucional con carácter Vinculante del artículo 185 del Código Civil, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en la Sentencia Nº 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), Expediente Nº 19-916 con ponencia del Magistrado Dr. Juan José Mendoza Jover, formulada por la ciudadana ARACELIS MARGARITA ROSALES HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº 13.569.172, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Milder Bianny Guerra Quintero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.063.478 Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 311.149 y el ciudadano YORFI RAMÓN TAZZO VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.717.014
SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIM.....