LA CUSTODIA Y FACULTAD DE
REPRESENTACiÓNde la niña referida de conformidad con lo previsto en el artículo
396 LOPNA, a todos los efectos legales. En cumplimiento a lo establecido en el
Artículo 458 Ibídem, notifíquese a la ciudadana LOURDES SORAIDA COLMENARES
SILVA, C.I N° V-6.729.103, a fin de que comparezca por ante este Tribunal dentro de
la última hora de despacho (02:30 p,m) del 2° día siguiente a la certificación
secretarial de la última notificación practicada a enterarse del día y hora en que tendrá
lugar el inicio de la fase de Sustanciación de la Audiencia preliminar que se fijara
dentro de los plazos fijados en el Parágrafo Primero del artículo 457 Ejusdem.
Practíquese evaluación Social, Psicológica y Psiquíatrica de la abuela materna de la
niña ciudadana LOURDES SORAIDA COLMENARES SILVA, venezolana, mayor de
edad, C.I N° V-6.729.103, en cuestión a cargo del equipo Multidisciplinario de la
referida entidad a quien se acuerda oficiar en razón de lo dis.....