DISPOSITIVA
Con fundamentos en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Control N° 1 de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de conformidad con lo previsto en el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente de la Causa seguida a las adolescentes YANARI CAROLINA RODRÍGUEZ PEREIRA, venezolana, de 17 años de edad para el momento de los hechos, titular de la cédula de identidad N° 19.351.215, y YOSMARYS RODRÍGUEZ PEREIRA, venezolana, de 16 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.801.389, ambas domiciliadas en la población de Bum-Bum, Barrio Ana Campos, calle 3, casa N° 1-26, Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el art.....