Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuesta, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda incoada por ciudadano LORENZO JOSE DELGADO RAMIREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 8.174.139 contra la firma unipersonal SALA DE MATANZAS TORUNOS, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, bajo el Nº 12, Tomo 2-B, de fecha 05 de mayo de 2004 y solidariamente contra el ciudadano SAUL VILLASMIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V.- 7.809.189, y se condena a pagar la cantidad de: UN MILLON TRESCIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 1.308.961,79), mas lo determi.....