Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos Delia Aurora Doria Serrano, Jesús Honorio Padilla Torres, Joan Manuel Pérez, José Ángel Guerrero Gómez, Francia Ludmila Márquez de González, David Eduardo Duque, Víctor Manuel Ramírez Rivera, Xiomara Coromoto Chávez de Borrero, Ida Graciela Salcedo de Criollo, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.437.875, V-9.384.452, V-11.507.919, V-12.235.088, V-9.229.105, V-9.244.509, V-12.634.854, V-10.163.708 y V-9.129.269, por intermedio de su apoderado judicial abogado Luis Eduardo Medina Gallanti, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.666, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA.