En virtud de las razones fácticas y de Derecho expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, incoada por los ciudadanos: ALEJANDRO DE JESUS MARTINEZ MILANO y DIANA VANESA MILANO CALZADILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V–12.904.387 y V-15.547.107, respectivamente; la segunda Abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 115.927; actuando en su propio nombre y representación de ambos. En consecuencia, declara disuelto el vinculo matrimonial que los une, el cual contrajeron por ante el Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha 19/12/2007, tal como se evidencia del acta de matrimonio.....