Expuesto lo anterior este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823, 824 y 825 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus EDESIO DEL JESUS ROJAS, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-3.014.356, fallecido ab-intestato, en fecha 22/08/2016; a los ciudadanos EDILMA TERESA ROJAS ROJAS, EDIMAR ROJAS ROJAS, EDECIO JOSÉ ROJAS ROJAS Y EDDUAR ENRIQUE ROJAS ROJAS, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nº V-11.708.498, V-11.715.354, V-13.591.243 y V-15.672.459, respectivamente, hijos del de cujus, e IRMA JOSEFINA ROJAS DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-4.508.487, en su .....