Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda de divorcio, incoada por el ciudadano: Donald José Castillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.915.785, en contra de la ciudadana: María Lourdes Araujo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.625.054, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha: 11 de enero de 1.975, por ante el Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 1, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, regístrese y expídanse las copias de ley.
Dada, firmada .....