Visto el libelo de demanda presentado en fecha 06/06/2024, por el ciudadano José Alberto González Ramos, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.132.263, asistido por el abogado Enrique Gramcko Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.387.629, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.422, en contra de los ciudadanos Pastor José González Ramos, José Rafael González Ramos y Glenda Marlene González de Gaubeca, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros° V-4.261.168, V-4.260.435 y V-4.261.297, y la Sociedad Mercantil Agropecuaria el Paguey C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Barinas en fecha veinte (20) de octubre del año 2005, anotada bajo el N° 47, Tomo 13-A, en la persona de sus representantes legales, y por cuanto se evidencia de las documentales producidas por la parte actora junto con el libelo la Actividad Agraria presente en el predio objeto del juicio, requisito s.....