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En consecuencia estando dentro de la oportunidad legal para decidir la presente causa, por todas las consideraciones arriba puntualizadas, esta Sala de Juicio del Tribunal de protección del Niño y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la presente SOLICITUD DE APERTURA DE TUTELA, solicitada por la ciudadana MARBELY DEL CARMEN ZAMBRANO MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.791.451, a quien se le designa con carácter definitivo para el ejercicio del cargo de TUTOR del adolescente ANGEL JESUS ZAMBRANO MORALES, quien gozará de las facultades de detentar su Guarda, ejercicio de su representación legal y administración simple de sus bienes, así mismo para el ejercicio del cargo definitivo de PROTUTOR conforme al artículo 337 ejusdem, se designa al ciudadano ANGIE MACIEL ZAMBRANO MORALES, C.I .....