en nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera dichos testimoniales y recaudos bastantes y suficientes por lo que en consecuencia DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del difunto ASDRUBAL ENRIQUE PINILLA JAIMES, C.I N° V-9.983.068, a la ciudadana mayor de edad LILEDY CATIUSKA MONZON DE PINILLA, LIACFER JESUE PINILLA MONZON, LIATFER JESE PINILLA MONZON, y a los niños y adolescentes KAYLI AYRIN y ASHLY KAYRIM PINILLA MONZON, DEJANDO A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse original con sus resultas al solicitante. Anótese su salida en el libro respectivo. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 2 Abog. Yolanda F. Guerrero y de la Secretaria Abog. Magleny Fernández. En la misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste: la secretaria Abog. Magleny Fernández. Sigue firma ilegible.
QUIEN SUSCRIBE Abog. Magleny Fernández, en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección d.....