en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO solicitada por los cónyuges REYES ARNAL MORENO Y RAMONA DEL REAL GUTIERREZ DE MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 16.637.774- y V-18.839.963, respectivamente, quedando en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que los unía desde la fecha 21/08/2002, según Acta N° 08, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia la Luz, Municipio Autónomo Obispos del Estado Barinas, y conforme a los artículos 08, 30, 365, 369 y 375 LOPNNA SE REAJUSTA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION MENSUAL POR LA CANTIDAD DE (BS.600,00) BOLIVARES FUERTES Y EN LOS MESES DE SEPTIEMBRE Y DICIEMBRE POR LA CANTIDAD DE (Bs.1.000,00) BOLIVARES FUERTES A CARGO DEL PADRE NO CUSTODIO dejando por sentado que las cantidades acordadas estarán sujetas a aumentos automáticos consecutivos que se verificarán en la misma oportunidad e índ.....