En consecuencia, este Juzgado del Municipio Rojas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte Formal HOMOLOGACIÓN al Convenimiento celebrado entre los ciudadanos, EDGAR JESUS BECERRA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Barinas Estado Barinas, y trabaja en la Dirección de Educación, ubicada en la Av. Carabobo diagonal a la panadería Carabobo cargo administrativo, y la ciudadana OMAIBAD DEL CARMEN JIMENEZ MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.637.926, domiciliada en el Barrio punta brava, Calle nutria, Casa S/N, de la Parroquia libertad, Municipio Rojas, estado Barinas, teléfono Nro. 04266267573; por estimar que el referido Convenimiento, va en beneficio del interés superior de la niña, (se omite la identidad de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA) en consecuencia, se ordena el cese del procedimiento, y Archivo .....