PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de Obligación de Manutenciòn, incoada por la ciudadana MARITZA ANGELINA AGUIRRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.925.462, domiciliada en el Barrio San Lorenzo, Calle Concordia de esta población de Libertad, Municipio Rojas, Estado Barinas; en contra del ciudadano ALEXIS RUIZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, trabajador de la Casa de Festejos Casa Blanca, ubicada en Av. Alberto Arvelo Torrealba diagonal a LOCATEL de la ciudad de Barinas Estado Barinas,; en beneficio de las niñas MARIA DE LOS ANGELES y ALEXANDRA AGUIRRE, ya identificadas, en consecuencia se FIJA dicha OBLIGACION ALIMENTARIA, en la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.-F 300) mensuales, a partir del presente mes de JULIO del año 2.009: más dos cuotas especiales al año, una en el mes de Agosto con ocasión del inicio del año escolar por la cantidad de TRECIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.-F 300,00), y la otra en el mes de.....