Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR VISA AMERICANA, intentada por la ciudadana: EMAN JOSEFINA FADDOUL BALLOUT, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° 11.245.392, y domiciliada en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, asistida por la Abogada KARINA BOSCAN, Defensora Pública Segunda de la Unidad de Defensa Pública de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en contra del ciudadano: JEAN PAUL MARTINEZ REED, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.846.171, domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia, y en beneficio de la niña: SE OMITE DE CONFORMIDAD A.....