En consecuencia por todo lo anteriormente señalado este TRIBUNAL DE CONTROL N° 01 del CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BARINAS; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: DECRETA: Se acuerda lo solicitado por la defensa privada en cuanto a que se ordene participar a las autoridades que se ha realizado la aprehensión de éste ciudadano y en consecuencia debe ser excluido del listado de búsqueda y captura. Asi mismo se acuerda Libertad Plena a favor del ciudadano JOSE ANTANACIO MONTES LOPEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.361.273, (porta C.I) de 432 años de edad, soltero, Comerciante, grado de instrucción: bachiller, natural de Canagua Estado Mérida, nacido el día 02/05/64, hijo de Florencio Montes (V) y María de los Santos López de Montes (V), domiciliado en la Finca La Ultima Travesía, Sector Pedraza la Vieja, vía el matadero, Barinas, Estado Barinas, una vez se libre lo correspondien.....