Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal en función de Control Primero, de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de conformidad al articulo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en la presente causa 1C-1043/2004, seguida a los adolescentes: CARRILLO PERDOMO FRANKLIN ALEXANDER, Venezolano, de diecisiete (17) años de edad, residenciado en el barrio 23 de Enero, casa s/n, color azul, de esta ciudad de Barinas y PUERTA BASTIDA OSNEIVER ROSNEY, Venezolano, de quince (15) años de edad, residenciado en la Avenida Olímpica cruce con callejón Coromoto Barrio 23 de enero, al frente de las Residencias Agustín Codazzi, casa Nº 18-70, de esta ciudad de Barinas, por la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO previsto en el articulo 455 ordinales 3 y 4 del Código Penal Venezolano vige.....