Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 4º del Código de Procedimiento Civil, y SIN LUGAR, la cuestión previa contenida en el ordinal 6º ejusdem, opuestas por los Abogados Tadeo Arrieche Franco y Oscar Castillo Landáez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 90.707 y 112.664, respectivamente, actuando en nombre y representación de la sociedad mercantil "Corporación Ensyla, C.A.".
SEGUNDO: Por la Naturaleza de la presente decisión no se condena en costas.
TERCERO: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la misma se dicta fuera del l.....