PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, formulada por el ciudadano Gerardo José Lara Arcila, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°17.376.045, civilmente hábil domiciliado en la Urbanización la Cinqueña calle 5 A, casa Nº 316, debidamente representado por el Abogado en Ejercicio José Rafael Desantiago Castellano, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.400.451 Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 177.036, con domicilio procesal en esta ciudad de Barinas Municipio Barinas del Estado Barinas y la ciudadana Maryuliani Miranda Castellanos, Venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 1.....