HORVATH; Y BERNARDA ESTELA GARCIA CORRALES.- ASI SE DECIDE.
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos: GABOR HORVATH HORVATH y BERNARDA ESTELA GARCIA CORRALES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números: V-9.264.873 y V-8.148.480, respectivamente con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, por ellos contraído por ante la Prefectura Civil del Municipio Cruz Paredes , del extinto Distrito Obispos del Estado Barinas, en fecha 09 de diciembre del año 1.987, , según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio N° 43, cursante al folio dos (02).- Y ASI SE DECIDE