DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas: PRMIERO: Admite en su totalidad la Acusación presentada en contra de FRANGIL ESTEBAN RAMIREZ BLANCO por el delito de ACTIVIDADES ILICITAS EN AREAS ESPECIALES, previsto y sancionado en el artículo 58 de la Ley Penal del ambiente, en perjuicio del Estado venezolano; SEGUNDO: ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del acusado FRANGIL ESTEBAN RAMIREZ BLANCO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.555.902, de 34 años de edad, nacido el 13/07/1970, en Guasdualito, Estado Apure, Electro mecánico, hijo de Elda Esperanza Blanco (V) y de Juan Esteban Aguilar (V), residenciado en Barrio los Naranjos, carrera 18, entre calles 9 y 10, casa N° 9-94, Población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas. TERCERO: Se fija como Régimen de Prueba el lapso de SEIS (6) MESES, plazo en cual el acusado cumplirá con las condiciones impuesta.....