CAPITULO VII
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes descritas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: Se Admite la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos establecido en el Art. 376 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, según gaceta oficial extraordinaria N° 5930 de fecha 04 de Septiembre del 2009. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano CARLOS JOSE CUEVAS, Venezolano, cédula de identidad V- 4.259.598 (La Porta), nacido 31/01/1955, Natural de Santa Rosa, Estado Barinas, de 56 años de edad, Albañil, hijo de Josefa Cuevas (F) y de Atilio Barrios (V), residenciado en Urbanización Dominga Ortiz de Páez, Sector 1, Calle Primera, Casa Nº 42, Barinas, teléfono 0414-9713612, a cumplir la pena de UN (01)AÑO DE PRISION, tomando en cuenta el termino mínimo de pena, más las accesorias de ley es.....