En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara la CONFESION FICTA del demandado de autos ciudadano MERARDO SUAREZ SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.724.843 de profesión u oficio: Agricultor, domiciliado en la población de Capitanejo, detrás de la Escuela Tubo Rojo, Municipio Ezequiel Zamora, Estado Barinas Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana FRANCIS MARGARET RIVERA DUARTE, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: Del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.201.714, domiciliada en el Barrio La Victoria, primera calle, casa s/n de la población de Soco.....