EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del niño LUIS ANGEL ORTIZ MOLINA.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano LUIS ASIRIO ORTIZ PEREZ, esta de acuerdo con el monto por concepto de Obligación de Manutención solicitado por la ciudadana LEIDA RAMONA MOLINA VELASCO, por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,oo), mas dos cuotas especiales al año por una cantidad igual es decir, DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,oo), en el mes de Septiembre con ocasión al inicio del año escolar y DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,oo), en el mes de Diciembre con ocasión a las festividades navideñas, mas el 50% de los gastos médicos en caso de enfermedad, calzado y vestido de uso diario; cantidad esta que hará entrega los días 20 de cada mes, comenzando a partir de la presente fecha (20-l0-2008) como cumplimiento de la Obligación. Seguidament.....